Central de Abasto
25 años de la Central de Abasto
13-febrero-2008
Conferencia Mundial de Mercados Mayoristas 2008, México D.F. >>>
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TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Distrito Federal
 

El Artículo 3º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, establece que la información generada, administrada o en posesión de todos los Entes públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público, se considera un bien de dominio público accesible a cualquier persona. Esta sección promueve tu derecho de acceso a la información pública: Te da a conocer los temas, documentos y políticas que este Ente se obliga a publicar de conformidad con la Ley.

El Artículo 47 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, establece que ante la respuesta afirmativa de la solicitud de información, el solicitante podrá efectuar la consulta directa de información pública dentro de los horarios y condiciones que al efecto establezca la Oficina de Información del Ente Público que la contenga. Artículo reformado GODF 28-10-2005

   
 
   
 
  Oficina de Información Pública (OIP)
Fideicomiso Central de Abasto de la Cd. de México.
Canal de Rio Churubusco S/N Esquina Canal de Apatlaco
Colonia Central de Abastos,  C.P. 09040
Delegación Iztapalapa, México  D.F.
Tel. 5694 3514; 5694 0683; 5600 7844; 5694 4899 - 103
Cualquier solicitud de información envíela a nuestro correo  electrónico: OIP@ficeda.com.mx    
Responsable: Lic. Virginia Valencia Parra
 
 

Articulo 12. Todo Ente Público del Distrito Federal deberá publicar al inicio de cada año un listado de la información que detentan, por rubros generales, especificando el ejercicio al que corresponde, medios de difusión y los lugares en donde se podrá a disposición de los interesados, a excepción de la información reservada o clasificada como confidencial en términos de esta Ley.

Articulo 13. Al inicio de cada año, los entes públicos deberán publicar y mantener actualizada, de forma impresa o en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los demás, documentos y políticas que a continuación se detallan:

   
  I.-    La Gaceta Oficial, leyes, reglamentos, acuerdos, circulares y además disposiciones de observancia general en el Distrito Federal.
   
  II.-    La que se relacione con sus actividades y su estructura orgánica.
   
  III.-   Las facultades de cada unidad administrativa y la normatividad que las rige, así como el directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento y hasta el del titular del Ente Público, o sus equivalentes.
   
  IV.-  Descripción de los cargos, emolumentos y remuneraciones, percepciones ordinarias y extraordinarias o similares de los servidores públicos de estructura, mandos medios y superiores.
   
  V.-   Una descripción analítica de sus programas y presupuestos, que comprenderá sus estados financieros y erogaciones realizadas, en el ejercicio inmediato anterior, en materia de adquisiciones, obras públicas y servicios, de acuerdo a lo establecido en los ordenamientos aplicables.
   
  VI.-   La relación de sus bienes y el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a trescientos cincuenta veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
   
  VII.-  Información relacionada con los trámites, servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los requisitos, formatos y la forma de acceder a ellos.
   
  VIII.- Las reglas de procedimiento, manuales administrativos y políticas emitidas, aplicables en el ámbito de su competencia.
   
  IX.-   El presupuesto asignado y su distribución por programas.
   
  X.-     Las concesiones, permisos y autorizaciones que haya otorgado, especificado al beneficiario.
   
  XI.-   La información relacionada con los actos y contratos suscritos en materia de obras públicas, adquisiciones o arrendamiento de bienes y servicios..
   
  XII.-  Ejecución, montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio.
   
  XIII.- La información sobre las iniciativas y dictámenes de la ley que se presenten ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (No Aplica a CEDA).
   
  XIV.- Las resoluciones o sentencias definitivas que se dicten   en procesos jurisdiccionales o procedimientos seguidos en forma de juicio (No Aplica a CEDA).
   
  XV.- Las condiciones generales de trabajo que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza que se encuentre adscrito a los entes públicos.
   
  XVI.- Los programas operativos anuales y/o de trabajo de cada uno de los entes públicos.
   
  XVII.-Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
   
  XVIII-Cuenta Pública (No Aplica a CEDA).
   
  XIX.- Estadísticas e índices delictivos generales (No Aplica a CEDA).
   
  XX.-  Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los entes públicos (No Aplica a CEDA).
   
  XXI.- Los informes presentados por los partidos políticos ante la autoridad estatal electoral, una vez terminado el procedimiento de fiscalización respectivo (No aplica a CEDA).
   
  XXII.- Controversias entre Poderes Públicos u Órganos de Gobierno (No Aplica a CEDA).
   
  XXIII.- El nombre, domicilio oficial y en su caso dirección electrónica, de los servidores públicos encargados de la oficina de información (Ver OIP al inicio de esta Sección).
   
 

XXIV.- Los Entes obligados deberán hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos (No Aplica a CEDA).